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La igualdad de la mujer en Marruecos

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El 10 de octubre de 2003 Mohamed VI pronunció en el parlamento marroquí un discurso histórico en el que anunció la modificación del Estatuto Personal de la Mujer (Moudawana) y, por primera vez en el reino alauí, utilizó la figura de «comendador de los creyentes» en aras de una modernización social. En un acto insólito, por su carácter sorpresivo, el revestimiento simbólico y el alcance revelador de su contenido, el rey de Marruecos avalaba así el mayor logro de la sociedad civil actual, plasmado ese mismo día en un emocionante encuentro entre la consejera real Zoulikha Nasri y un grupo representativo de cincuenta mujeres, artífices de un largo proceso reivindicativo que tiene cerca de un siglo.

Después de que algunos ulemas progresistas alzaran su voz a principios del siglo pasado, las propuestas de reforma del estatuto de la mujer vivieron su punto álgido al final del protectorado. La mayoría de la elite nacionalista marroquí, bajo el influjo del salafismo oriental, era partidaria de materializar los principios reformistas establecidos por Allal el-Fassi, ideólogo del partido de la Independencia, el Istiqlal. Sin embargo, la primera Moudawana, en 1958, fue víctima de la ortodoxia religiosa imperante, con la que cerró filas un proyecto de construcción de identidad nacional puramente árabe, en su afán común de disolver el entorno bereber y sus normas consuetudinarias, posponiéndose sine die la reforma. La exigua modificación posterior de 1993, cuyo único mérito fue romper el tabú del carácter intocable de la Moudawana, y tres años de una extraordinaria movilización femenina, han desembocado por fin en el actual anteproyecto, que está llamado a convertirse en código de familia a principios de 2004.

El último punto de inflexión tuvo lugar el 12 de marzo de 2000 en dos manifestaciones que reflejaron la fragmentación profunda de la sociedad marroquí. Mientras en Rabat 300.000 personas apoyaban el Plan para la integración de la mujer al desarrollo (obra de Saïd Saâdi, ministro del Partido del Progreso y del Socialismo, partido comunista), en Casablanca más del doble de manifestantes- convocados por el partido islamista Justicia y Desarrollo (PJD) y seguidos, para no perder terreno, por el movimiento de Yassin, Justicia y Caridad- se oponían a dicho Plan. Las proclamas contra el Banco Mundial, reiteraban la descalificación, burda pero eficaz, de las supuestas imposiciones occidentales. El núcleo de la protesta se concentraba en su oposición a una serie de artículos como la prohibición de la poligamia y el repudio, la elevación a 18 años de la edad legal matrimonial de la mujer o el mantenimiento de la tutela de los hijos por la madre divorciada en caso de contraer ésta segundas nupcias.

Cinco meses después de los atentados del 16 de mayo pasado, el nuevo anteproyecto ha cogido a los islamistas a contrapié. El cambio radical de postura del PJD, aceptando el anteproyecto sin rechistar, no es sino un repliegue táctico en espera de tiempos mejores. Por su parte, Justicia y Caridad también ha movido ficha, declarando que el anteproyecto obedece a sus quejas y planteamientos y que es una relectura inteligente de los textos sagrados. No obstante, la reacción del movimiento del jeque Yassin hay que analizarla desde otra perspectiva, ya que aunque inicialmente se opusieron al citado Plan, su hija Nadia, portavoz de la asociación, se encargó ya el año pasado de puntualizar que estaban de acuerdo con las reivindicaciones de las asociaciones progresistas de mujeres y que la manifestación del 2000 fue únicamente una demostración de fuerza política. Además, el discurso de Justicia y Caridad se ha situado siempre en un plano en el que pretende trascender la cuestión de la mujer para cuestionar frontalmente la legitimidad de todo el sistema.

Habrá que observar, pues, la labor que los islamistas desarrollen con sus bases populares con relación al código de familia, cuestión determinante para evaluar el alcance de la reforma, con el añadido de que los partidos de izquierdas han abandonado hace tiempo las políticas de proximidad social. Se perfila un espacio contencioso entre los islamistas y Palacio, en el que ambos medirán sus fuerzas y sus reales intenciones.

Por el momento, y junto a la sociedad civil, el flamante vencedor de todo este proceso resulta ser sin duda el propio monarca. Los partidos de izquierda, en horas baja, no están en condiciones de apuntarse ningún tanto en la autoría. Mohamed VI ha hilvanado perfectamente en el citado discurso las referencias a la sharia y al esfuerzo de interpretación que caracteriza a la ijtihad, y que permite abordar el texto coránico teniendo en cuenta la evolución de los tiempos, declarando esta última vía como la que debe seguir Marruecos en su imparable proceso de modernización. En la misma línea de contención islamista, la comisión consultiva autora del anteproyecto ha resuelto no incidir en cuestiones por el momento inabordables, como la injusta normativa sobre la herencia (salvo la relativa a la igualdad en la sucesión de los nietos de la hija y del hijo; pequeña brecha pero significativa) y la prohibición total del repudio y la poligamia. Además, el discurso del rey enlaza directamente con el pronunciado a las dos semanas de su ascensión al trono, en el que reivindicó de forma contundente la igualdad de la mujer. Una población ansiosa de cambio recibió en aquel entonces al monarca con los brazos abiertos para luego postrarse en una decepción que, quizás ahora, adquiera un nuevo brillo. La prensa independiente no ha tardado en preguntarse si la nueva reforma es una señal para una futura ampliación de libertades.

Otro aspecto esencial es la decisión del rey de someter el futuro proyecto de ley al parlamento, trasladando una cuestión hasta ahora enmarcada en el recinto de lo religioso a un espacio público formalmente representativo. Las fuerzas políticas de izquierdas tienen muy claro que aunque aspiren a unas reformas de mayor calado, en la fase parlamentaria no caben fisuras que puedan ser aprovechadas por los islamistas.

No obstante, la apuesta no está exenta de riesgos. Aunque en Marruecos es un hecho el proceso de integración de la mujer en el tejido socioeconómico (a finales de los noventa más de un millón de mujeres se habían incorporado al mundo laboral, una gran parte de ellas en la Administración), la pretendida reforma atenta directamente contra la estructura patriarcal de una sociedad profundamente conservadora. En este sentido, las posibilidades que la reforma abre a los derechos de la mujer mediante estipulaciones matrimoniales, en aspectos como el repudio, la poligamia o los bienes gananciales, quedarán en gran medida en papel mojado debido al despotismo de las costumbres.

En cuanto al contenido del anteproyecto, sus principios reformistas son meridianos y conllevan incluso una nueva definición legal del matrimonio. Se declara la igualdad del hombre y la mujer en su relación de pareja y ambos pasan a asumir la responsabilidad de todas las decisiones familiares de forma conjunta, lo que implica un cambio total en la relación de fuerzas, al desaparecer la noción de autoridad del marido y de sumisión de su esposa. Se eleva la edad legal de la mujer para el matrimonio de los 15 a los 18 años y desaparece para esta última la figura de la tutela, dejando de estar sujeta a las decisiones del padre o del hermano mayor a la hora de elegir su cónyuge. La infancia sale también reforzada y en caso de divorcio se concede a los hijos y a la madre el domicilio conyugal, lo cual evitará frecuentes dramas familiares.

También queda muy claro que el repudio se complica de forma importante, al exigirse como requisito previo que el marido satisfaga una serie de derechos económicos y le ceda a la mujer el domicilio conyugal. El acceso a la poligamia, en regresión desde hace años, queda en gran parte blindado, previéndose la autorización judicial sólo en casos excepcionales, y obligando además al marido a que demuestre su capacidad para mantener a la primera mujer e hijos, teniendo aquélla el derecho de obtener el divorcio y una compensación económica.

Otros aspectos importantes son la preservación de la tutela de los hijos menores por parte de la mujer aunque vuelva a contraer matrimonio- si bien con limitaciones, entre ellas que el hijo sea menor de 7 años- y el reconocimiento de la paternidad de los hijos nacidos fuera del matrimonio, pero sólo en caso de previo noviazgo conocido por ambas familias. Entre las críticas más inmediatas hay que señalar el que se mantenga la aberrante modalidad de obtención del divorcio por parte de la mujer mediante una compensación económica al marido.

La gran cuestión ahora es si este acontecimiento histórico, que lleva incorporada la etiqueta de una auténtica revolución social, tendrá un desarrollo adecuado. En cuanto a los medios previstos al efecto (dotaciones, campañas de sensibilización y creación de los juzgados de familia) los indicios son positivos. Otra cosa muy distinta será la aplicación que en la práctica hagan las instancias judiciales del futuro código. El criterio de los jueces, y una interpretación acorde con los principios básicos de la ley, serán decisivos. Dado el nivel de funcionamiento, corrupción y mentalidad predominante en los jueces que actualmente abordan cuestiones de familia, los augurios en este sentido no pueden ser positivos. Es por tanto necesaria una selección escrupulosa y personalizada de los mismos, en función de su trayectoria y profesionalidad. El mismo criterio de perfeccionamiento cabe aplicar a la Fiscalía del Estado, que adquiere con la nueva ley plenas competencias para intervenir en los supuestos de infracción legal.

Una vez desbloqueado el problema específico del estatuto personal se debería retomar el esfuerzo para hacer avanzar en su totalidad el ya mencionado Plan, que plantea de forma certera la conversión de la mujer en protagonista del desarrollo de Marruecos. El que la mujer marroquí pueda de verdad asumir un papel de peso en el progreso socioeconómico es decisivo para la aceleración de los cambios y, por tanto, para el futuro de Marruecos.

La anunciada reforma marroquí se enmarca, a su vez, en el contexto general de la debatida cuestión sobre la compatibilidad de los derechos humanos, en su concepción universal, con el islam. Cuestión que ha vuelto a recordar, en sentido afirmativo, la iraní premio Nóbel de la Paz Shirin Ebadi. Al igual que sucede en la manida confrontación Islam-Democracia, más que en el islam la clave hay que buscarla en la sociología política de los países musulmanes.

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