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La comunidad LGBTI: voces silenciadas, también en lo humanitario

 

Purple sherbet photography, 2013 "If life gets a little dull, create your own rainbow"

Las situaciones de crisis humanitaria a menudo exacerban los prejuicios y convierten a los grupos marginalizados de la sociedad en colectivos todavía más vulnerables. A pesar de la creciente sensibilización de los protocolos de socorro y reducción de riesgos hacia estas poblaciones, las vulnerabilidades del colectivo LGBTI (lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intergénero) pasan, en la mayoría de los casos, desapercibidas.

Barreras legales: la criminalización del afecto

El fallo del Tribunal Supremo estadounidense, el pasado viernes 27 de Junio, a favor de la legalización del matrimonio homosexual en todo su territorio nacional, se ha acogido como una gran victoria por parte de la comunidad internacional que, con frecuencia, se preguntaba al conocer la noticia: ¿Hasta en Texas?.

Tan buena noticia no debería restar importancia a la alarmante realidad que se vive en otros lugares del planeta. En la actualidad, un total de 76 países tipifican como delito el hecho de ser lesbiana, gay, bisexual, transgénero o intergénero. Las leyes que penalizan la homosexualidad incitan a la violencia obligando a las personas LGBTI a ocultar su propia identidad como requisito vital para encajar en una sociedad que, de no ser así, les avergonzaría públicamente, encarcelaría, despediría de su trabajo, torturaría o, en el peor de los casos, les condenaría a muerte. Este es el caso de 10 estados (Afganistán, Brunei, Irán, Mauritania, Pakistán, Arabia Saudí, Sudán, Yemen y partes de Nigeria y Somalia) que contemplan la pena de muerte como castigo de la homosexualidad.

En el caso de los países africanos estas leyes están recogidas en códigos penales impuestos durante la era colonial que no han sido actualizadas y donde predominan las referencias a las conductas homosexuales como «actos contra natura», «relaciones en contra del orden natural» o «relaciones sexuales desviadas».

Han pasado ya veintiún años desde que el primer caso de discriminación por motivos de orientación sexual llegó al Comité de Derechos Humanos1. Desde entonces ha habido avances en esta materia aunque el proceso continúa siendo lento. En 2006 se redactó el documento conocido como los Principios de Yogyakarta que contiene una serie de principios legales cuyo fin es la aplicación de las normas de Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) en relación con la orientación sexual y la identidad de género. Cinco años más tarde, en 2011, la OACDH2  lanzó la campaña «Libres e Iguales» para fomentar la sensibilización en este tema y transmitir el mensaje primordial de que el colectivo LGBTI no requiere de una protección especial sino de un disfrute correcto y justo de los derechos humanos universales. Fue ese mismo año en el que se publicó la primera resolución sobre orientación sexual e identidad de género en la cual el Comité de Derechos Humanos expresaba una «profunda preocupación» y llamaba a los estados a actuar bajo los principios de universalidad, igualdad y no discriminación.

Personas LGBTI: víctimas de la exclusión en casos de desastre

La marginación de las personas LGBTI se agudiza en escenarios de desastres naturales y conflictos armados en los que las desigualdades ya existentes se intensifican. Las barreras legales anteriormente citadas suponen el primer obstáculo para la consecución de un trato no discriminatorio en las respuestas a estas situaciones No son aislados los casos en los que a minorías sexuales y de género se les ha denegado el acceso a refugios de emergencia así como ayuda económica o alimentaria por no tener cabida en las políticas de socorro que definen el núcleo familiar, exclusivamente, como un hombre y una mujer.

Las acciones de respuesta a menudo fracasan en la inclusión de poblaciones marginalizadas. Debido a la falta de protocolos que traten temas de identidad de género y sexualidad llevan al personal humanitario a pasar por alto estas particularidades dando lugar a situaciones discriminatorias en el reparto de ayuda. Tras el terremoto que asoló Haití en 2010, los hombres homosexuales se vieron privados, en algunos casos, de ayuda alimentaria al ser ésta otorgada únicamente a mujeres. El hecho de no tener a una mujer registrada en su domicilio les despojaba del derecho de recibir esta asistencia.

Las personas transgénero sufren situaciones similares a la hora de acceder a ayuda humanitaria. Durante las inundaciones de Pakistán en 2010 se les denegó el acceso a muchos de ellos a campos de desplazados por no disponer de un carnet de identidad que concordara con su apariencia.

Pero más allá de la privación de recursos durante la respuesta inmediata a un desastre, existen consecuencias prolongadas en el tiempo para este colectivo. Las inundaciones de Koshi (Nepal) en 2008 implicaron el realojamiento de muchas personas. En el caso de la comunidad LGBTI este traslado les obligó a cortar lazos con comunidades de apoyo y oportunidades de empleo con las que contaban en su lugar de residencia anterior. Cabe resaltar el reciente papel de Nepal en la implementación de políticas de reducción de riesgos y socorro más inclusivas que incorporan el reconocimiento legal de un «tercer género».

En el caso de conflictos armados y escenarios post-conflicto, el acoso que sufre esta comunidad se incrementa como consecuencia directa de una situación de extrema violencia. En Irak, un país que a día de hoy sigue siendo inseguro para la mayoría de su población, el colectivo LGBTI ve ese riesgo multiplicado: los detalles más triviales de apariencia física como puede ser cuan largo lleves el pelo o lo ceñida que sea tu ropa pueden determinar si vives o mueres.

Discriminación es igual a aumento del riesgo

El estigma en relación con las personas LGBTI les expone, en muchos casos, a peligros de salud y exclusión social. El acceso a la atención médica se encuentra entre los mayores retos que afronta esta comunidad y la lucha contra el VIH se ve bloqueada por obstáculos sociales y legales arraigados en la discriminación. La educación en materia de SIDA y VIH es un factor clave para su erradicación. Los hombres homosexuales que viven con el virus carecen, en muchos casos, de acceso a información sobre ello o temen ir a centros de salud para recibir tratamientos antirretrovirales.

Según un informe publicado por Acción Contra el Hambre3, durante el brote de cólera en Haití de 2011 los índices de mortalidad desagregados revelaron que el número de hombres que morían a causa de dicha enfermedad era superior al de las mujeres. De hecho, eran pocos los que acudían a los Centros de Tratamiento del Cólera. Los actores humanitarios consultaron a las comunidades afectadas y descubrieron que no disponían de información precisa sobre los síntomas de cólera y los confundían con los del VIH. Dado el estigma social entorno al VIH los hombres no buscaban atención médica y en consecuencia morían.

Asimismo, esta exclusión puede extrapolarse al ámbito de la formación y la vida laboral donde la existencia de leyes excluyentes y discriminatorias contribuye al crecimiento de la extrema pobreza.

Los jóvenes LGBTI se encuentran en un riesgo creciente de ser abandonados por sus propias familias, así como de ser disuadidos de asistir a la escuela. El acoso homófobo que muchos de ellos experimentan en la escuela acaba por traducirse en absentismo en un número significativo de estudiantes.

Un estudio realizado por Vietnam’s Center for Creative Initiatives in Health and Population revela que un 77% de jóvenes LGBTI han sufrido abuso verbal, un 44% acoso físico, un 42% perdió interés por los estudios, un 33% no acudía a la escuela y un 6% la abandonó de manera definitiva. Como consecuencia de este abuso durante sus años de formación, un importante número de personas LGBTI no logra desarrollar las capacidades necesarias para una vida adulta independiente.

Las prácticas discriminatorias continúan en su vida laboral donde a menudo este colectivo se vuelve vulnerable al verse obligado a la realización de trabajos ilegales y peligrosos para poder sustentarse. La mayoría de los países no cuenta con leyes de protección laboral para personas LGBTI dando lugar a despidos improcedentes y obligándoles a recurrir a trabajos en la industria del sexo u otras actividades ilegales que incrementan el riesgo de adquirir enfermedades.

Solicitudes de asilo: «vuelve a casa y sé discreto»

Si bien toda persona que se ve obligada a abandonar su país se enfrenta a situaciones de riesgo, este colectivo en concreto afronta aún más retos. Como resultado de la dificultad de probar su condición sexual, el derecho de asilo se deniega a muchas personas por falta de pruebas de que exista un riesgo real. En el caso de las personas bisexuales, su sexualidad se interpreta con frecuencia como una cuestión de elección y no de identidad y, por lo tanto, motivo insuficiente.

A menudo personas que buscan asilo alegando persecución por parte de su estado de origen por razones de orientación sexual o identidad de género son devueltos a su país natal porque supuestamente pueden evitar ese hostigamiento ocultando su identidad. Así, decenas de personas que tienen el valor de huir para poder disfrutar de sus derechos sexuales en otro lugar obtienen como única respuesta «vuelve a casa y sé discreto».

En 2013 el Tribunal de Justicia de la UE publicó una nota de prensa4  donde recomendaba el reconocimiento de las solicitudes de asilo de personas LGBTI por el mero hecho de que existan leyes en su país de origen que criminalicen estas prácticas, así como reconocía que la orientación sexual constituye una característica fundamental en la identidad de las personas. Se convertía de esta manera en la primera institución de carácter regional en tomar cartas en el asunto aunque, desafortunadamente, en la práctica la actitud de los estados europeos se sitúa bastante por debajo de los estándares de DDHH y derecho del refugiado que estos países afirman secundar y promover.

Algo tan sencillo como la universalidad

La identidad y orientación sexual se han convertido en excusa para llevar a cabo prácticas discriminatorias cuando no atienden a los estereotipos de género establecidos. De esta manera las voces del colectivo LGBTI quedan relegadas a un segundo plano cuando demandan, como el resto de la población, ayuda humanitaria. Mantener a este grupo social al margen de los planes de socorro y otras medidas de ayuda puede dar pie a una discriminación y estigmatización crónicas. Para evitar un incremento en el índice de pobreza o vulnerabilidad como causa de esta segregación son necesarios unos planes de ayuda inclusivos que atiendan a unas necesidades concretas.

La posibilidad de extender los mismos derechos a la comunidad LGBTI de los que disfrutan el resto de personas no es una tarea complicada. Basta con universalizar de manera eficaz dos de los principios en los que se basa el DIDH: la igualdad y la no discriminación.

Los recientes acontecimientos en materia de orientación sexual e identidad de género son motivo de celebración siempre y cuando se tenga en cuenta que suponen un pequeño escalón del gran trabajo que aún queda por hacer hasta que llegue el día en que la gente se pregunte sorprendida: ¿Hasta en Arabia Saudí?.

Fuente fotografía: Purple sherbet photography, 2013 «If life gets a little dull, create your own rainbow»


1.- Caso Toonen vs Australia (1994)

2.- Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

3.- Política de género de ACH: mejora del impacto de la labor de ACH a través de la programación sobre igualdad de género (Marzo 2014)

4.- Nota de prensa titulada «Homosexual applicants for asylum can constitute a particular social group who may be persecuted on account of their sexual orientation»

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