Declaración de los miembros de la AEPDIRI sobre la agresión rusa en Ucrania
Los abajo firmantes, miembros de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales, ante el ataque de vastas proporciones ordenado por la Federación Rusa contra Ucrania, apoyamos plenamente el comunicado de la Junta Directiva de la Asociación, de 26 de febrero, de condena firme y compartimos con la sociedad española diversas consideraciones jurídicas sobre esta agresión mediante esta Declaración:
1. El ataque armado generalizado de Rusia, con apoyo de Bielorrusia, a Ucrania constituye una violación de la prohibición del uso de la fuerza (artículo 2.4 de la Carta de las Naciones Unidas). Esta agresión infringe el derecho a la igualdad soberana de Ucrania y el respeto a su integridad territorial y a su independencia política protegidos por la Carta. Constituye un ataque tanto a los propósitos de la ONU sobre el mantenimiento de la paz (art. 1) como a otros principios esenciales del ordenamiento jurídico internacional, como la obligación de resolver las controversias por medios pacíficos (art. 2.3) y la prohibición de la intervención en los asuntos internos de otros Estados (Resolución 2625/XXV de la Asamblea General de las Naciones Unidas).
2. Las únicas excepciones que el Derecho Internacional admite a la prohibición del uso de la fuerza son, de un lado, la legítima defensa que exige un previo ataque armado para su correcta aplicación (art. 51 de la Carta) y, de otro lado, la autorización del Consejo de Seguridad, y ninguna de las pretendidas justificaciones aducidas por Rusia pueden encuadrarse en estas excepciones, ni tienen fundamento jurídico alguno.
3. El Derecho Internacional establece la nulidad de efectos de una adquisición territorial realizada mediante la amenaza o el uso de la fuerza. Las modificaciones territoriales realizadas por la fuerza no pueden reconocerse ni originar nuevos Estados, como se pretende llevar a cabo en Donetsk y Lugansk.