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España ratifica el Tratado sobre Comercio de Armas de Naciones Unidas

 

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El Gobierno de España ratificó el pasado día 2 de abril de 2014 el Tratado sobre el Comercio de Armas (convencionales) promovido por Naciones Unidas (que ya firmó en junio de 2013).

La ratificación constituye un paso muy importante en el ámbito del comercio de armas, pues la mera firma del Tratado no supone una obligación para el Estado en cuestión, sino que simplemente significa que los gobiernos firmantes deben abstenerse, de buena fe, a actuar de forma contraria a lo que pretende el Tratado. Sin embargo, una vez ejecutada la ratificación, el Estado se ve obligado a aplicar el contenido del Tratado sobre Comercio de Armas tanto en el ámbito internacional como en la normativa nacional propia.

Para la entrada efectiva en vigor, habrá que esperar a que pasen noventa días tras haber sido depositado el quincuagésimo instrumento de ratificación, lo que podría producirse a finales de 2014 o comienzos de 2015 según afirma el propio gobierno español.

Aún sin haber entrado en vigor, España se comprometió en el momento de la firma a aplicar de manera provisional los artículos 6 y 7 del Tratado sobre Comercio de Armas, que constituyen el «núcleo duro» del Tratado. Ambos artículos están destinados a garantizar el Derecho Internacional Humanitario (DIH) y el respeto a los Derechos Humanos en los intercambios de armas (convencionales).

Según Amnistía Internacional (organización clave en la lucha contra el tráfico y venta de armas), «el artículo 6.3 es muy sólido y constituye un avance significativo. Cristaliza la prohibición absoluta de las transferencias de armas por parte de un Estado si tiene conocimiento de que esas transferencias se podrían utilizar para cometer genocidio, crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra. El artículo 7 exige que los Estados Partes no autoricen las exportaciones cuando exista un riesgo preponderante de que podrían utilizarse para cometer o facilitar graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos o del DIH».

Es decir, este Tratado supone un desarrollo normativo relevante en la lucha por los derechos humanos, aunque aún queda un largo camino por recorrer. Tan sólo 31 países han ratificado dicho Tratado, por lo que desde muchos sectores de la sociedad civil se insta a todos los Estados miembros de Naciones Unidas, a firmar y ratificar el Tratado sobre Comercio de Armas, en una demostración real de su intención por conseguir un efectivo cumplimiento de los Derechos Humanos.

Para más información véase los siguientes enlaces:

https://doc.es.amnesty.org/cgibin/ai/BRSCGI/EUR415001325155%20Contrainforme_anual_2012_25Jun2013?CMD=VEROBJ&MLKOB=32468121111

http://www.exteriores.gob.es/Portal/es/SalaDePrensa/NotasDePrensa/Paginas/NOTAS_P_2014/20140403_NOTA088.aspx

https://www.es.amnesty.org/uploads/media/Tratado_sobre_Comercio_de_Armas.pdf


1. Amnistía Internacional «La crisis económica no afecta a las exportaciones de armas españolas. Análisis de las ventas españolas de armas en 2012», p.p. 8

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